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jueves, 11 de enero de 2018

Ayuda para el alquiler 2018-2020: requisitos para acceder a una vivienda

Jovenes hasta 35 años,colectivos en situación de desahucio o mayores de 65 años son los principales beneficiarios del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

El Gobierno trabaja con un segundo borrador para perfilar el que será el nuevo Plan Estatal de Vivienda para periodo comprendido entre 2018 y 2021.Un plan que,según las fuentes consultados por El Confidencial,el ejercito quiere apostar fuertemente por el alquiler y por las ayudas a los inquilinos ,si bien, también habrá un apartado pensado para los jóvenes que quieran comprar casa y necesiten ayuda con la entrada.Los jóvenes, mayores y colectivos más vulnerables serán ,en principio,los principales beneficiadores por las mismas.

Las lineas básicas contemplan que no existirá un requisito de edad para poder optar a las ayudas al alquiler .Es decir,no habrá límite de edad,sino que las ayudas se concederán en función de los ingresos del hogar y fijarán una cuantía máxima tanto de la ayuda,como de los alquileres que podrán beneficiarse de esas ayudas.Así, por ejemplo,los alquileres que podrán sobrepasar los 600 euros al mes y las ayudas,serán como máximo del 40% de dicha renta.No será así respecto a las ayudas para comprar casa.El límite de edad quedará fijado en 35 años.
En esta sencilla guía podrás comprobar si tú puedes ser uno de ellos.

AYUDAS A JÓVENES PARA COMPRAR CASA

EDAD: hasta 35 años en el momento  de la solicitud.

Beneficiarios:

1.- Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) que está fijado actualmente en 532 euros.Es decir,19.170 euros anuales si se cobran 12 pagas y 22 .365 euros si se reciben 14.

2.- La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente durante un mínimo de 5 años.

3.- No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma,salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad ( divorcio,separación...)

Importe de la ayuda: hasta 10.800 euros con el límite del 20% del precio de adquisición.Es decir,imaginemos una vivienda de 50.000 euros.El 20% del precio de adquisición es de 10.000 euros.El beneficiario optaría a una ayuda máxima de 10.000 euros.

AYUDAS A JÓVENES PARA ALQUILAR CASA

Edad: hasta 35 años en el momento de la solicitud.

Beneficiarios:

1.-Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.

2.-La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente durante el periodo de la ayuda.

3.-No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma,salvo que puedan acreditar que no pueden disponer de la misma por causas ajenas a su voluntad (divorcio,separación...)

Alquiler: hasta 600 euros mensuales -900 euros en casos justificados.

Importe de la ayuda: hasta en 50% de alquiler mensual.Es decir ,estamos hablando de ayudas de hasta 300 euros al mes-hasta 450 euros en casos justificados.Esto se traduce en ayudas de hasta 3.600 euros al año.
Plazo:3 años

AYUDAS GENERALES AL ALQUILER

Edad:sin límite de edad

Beneficiarios:

1.-Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.

2.-La vivienda arrendada debe ser el domicilio habitual y permanente.

3.-No pueden acceder a estas ayudas quienes sean propietarios de otra vivienda o tengan el usufructo de la misma, por causas ajenas a voluntad(divorcio,separación...)

Alquiler: hasta 600 euros mensuales-900 euros en casos justificados

Imoprte de ayuda: hasta el 40% del alquiler .Es decir,estamos hablando de ayudas de hasta 240 euros al mes -hasta 360 euros en casos justificados.En términos anuales se traduce en ayudas de hasta 2.880 euros.
Plazo:3 años.En el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 las ayudas se concedían por un año prorrogable por otro más.

AYUDAS A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESAHUCIO

Edad: sin limite de edad.

1.-Propietarios o inquilinos que hayan sido objeto de desahucio.

2.-Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM

3.-Hogares sin posibilidad de acceder a otra vivienda

Precio del alquiler:entre 150y 400 euros al mes.

Importe de la ayuda:400 euros al mes,según los criterios de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento

Plazo:2 años.

AYUDAS AL ALQUILER A PERSONAS MAYORES

Edad: más de 65 años.

Beneficiarios:

1.-Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.

2.-Hogares sin una vivienda en propiedad.

3.-Patrimoni inferior a 100.000 euros.

Precio del alquiler : alquiler máximo de 600 euros- hasta 900 euros en casos justificados.

Importe de la ayuda : hasta el 50 % de la renta mensual.

Plazo: 3 años.

AYUDAS PARA MANTENER LAS CASAS DE LOS MAYORES

Edad : más de 65 años.

Beneficiarios: 

1.-Hogares con ingresos inferiores a tres veces el IPREM.

2.-La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente del recepto de la ayuda.

3.-Patrimonio inferior a 100.000 euros.

Importe de la ayuda : hasta 200 euros al mes para los gastos de mantenimiento de la vivienda en propiedad,comunidad y suministros.

Plazo : 3 años.
Fuente:www.elconfidencial.com

miércoles, 20 de diciembre de 2017

Cómo comprar para alquilar y que salga muy rentable

Cada día más los pequeños ahorradores que deciden invertir su dinero en ladrillo.Se trata de comprar pisos para luego ponerlos a trabajar.Y sale muy rentable,fíjate.
El ladrillo es cada día más apetecible para los pequeños inversores,ya no son solo socimis,las sociedades patrimonialistas o los grandes inversores los que juegan a comprar viviendas para luego ponerlas a trabajar,los pequeños ahorradores también se han dado cuenta que la inversión inmobiliaria es mucho más rentable que los productos bancarios y financieros.

Comprar una vivienda para luego ponerla en alquiler es lo más habitual,pero no lo único .También exsisten la adquisición de la nuda propiedad de la vivienda y la compraventa con alquiler garantizado  ,que en definitiva también es comprar para alquilar pero con alguna variación por medio.Es algo que se hace desde hace bastante tiempo por toda Europa,pero ¿cómo funciona? Así.

En ambas operaciones participan dos actores principales: una persona mayor propietaria de una vivienda  que quiere aumentar sus ingresos y un inversor que, aunque se beneficia de precios compraventa más bajos,sabe que se embarca en una operación a largo plazo.Se trata de inverciones de 12 ó 15 años vista,aunque varía según la edad del vendedor,según explica El País

COMPRAR LA NUDA PROPPIEDAD DE UN PISO

La nuda propiedad consiste en la compra de una vivienda a una persona mayor que se reserva el usufructo hasta su fallecimiento.Es decir,cuando el inversor compra no tiene la posesión de la casa.Tendrá la posesión de la casa cuando fallezca el propietario que se la ha vendido y vive en ella.Es una inversón a unos 10 ó 15 años vista.

"En el último año,en nuestra agencia se han incrementado un 150% las ventas de viviendas en nuda propiedad",afirma Eduardo Molet,consultor inmobiliario y fundador de Red Expertos Inmobiliarios (REI) a El País."Ya hemos superado el medio centenar en los últimos meses,cuando en años anteriores este tipo de operaciones no se cerraban porque la gente no las ontemplaba",añade.

El aliciente de esta compra es que el inversor compra el piso a un precio por debajo del mercado.Por ejemplo,se puede adquirir uno en la Diagonal de Barcelona por 400.000 y 500.000 euros que en el mercado también superaría el millón.

Pero, en general las propiedades muy caras no son las más atractivas para los inversores,que prefieren precios más moderados.La media de valor de los inmuebles que intermedian en Grupo Retiro suele estar en los 350.000 euros y se hallan en  grandes ciudades o poblaciones de más de 100.000 habitantes.En el caso de REI,el precio medio suele estar en los 170.000 euros.

Lo normal es que el comprador compre al contado porque,además los bancos no dan hipoteas sobre una nuda propiedad.Aunque también queda la opcón de abonar rentas mensuales vitalicias.El comprador asume todos los gastos, inqluido el impuesto de plusvalía municipal,el IBI,las deramas extraordinarias y el seguro de la casa.Y en el 90% de los casos tendra que hacer obra el la vivienda una vez obtenga la posesión de la misma.

La persona mayor solo tiene que pagar la  cuota ordinaria de la comunidad y los suministros.De cara a este vendedor es importante el hecho de que esos pagos mensuales están garantizados mediante condición resolutoria,por lo que si el comprador impaga las rentas perdería la propiedad.

Esta fórmula garantiza al inversor la entrada a la propiedad en unos cuantos años (algo  más de una década ),en los que se presupone que el piso se habrá revalorizado y tendrá un golosa rentabilidad media anual que se mueve entre el 6% y el 8% ,según señala Carlos A.Martínez Cerezo,presidente de Grupo Retiro,a El Pais.

COMPRAR CON ALQUILER GARANTIZADO

La persona que compra la vivenda adquiere pleno dominio de la propiedad a la vez que se formaliza con la persona mayor un contrato de alquiler que se eleva a público para su para su inscripción en el Registro de la Propiedad.El inquilino es vitalicio o se quedará en la vivienda como inquilino durante el plazo que se quiera fijar.Así la persona mayor tiene asegurada su vivienda,si ,por ejemplo ,al propietario le embargaran esa casa,el nuevo dueño tampoco podría expulsar al inquilino.

La persona mayor sí puede desistir del contrato en cualquier momento,por lo que inversor no tiene garantizada su permanencia,aunque no suele se lo habitual.

El pago de gastos de compraventa se reparten entre comprador y vendedor.El comprador se hace cargo del notario,el registro y el impuesto de transmisiones patrimoniales,IBI,cuatas ordinarias y extraordiarias y seguro de la vivienda.El vendedor paga la plusvalía municipal,el impuesto de trasmisiones patrimoniales por el arrendamiento y los suministros.

Normalmente quien compra así tiene un descuento de 15% al 20 % sobre el precio mercado y una rentabilidad bruta anual del 5% y al 6,5%.