sábado, 30 de septiembre de 2017

El euríbor de las hipotecas marca otro mínimo en septiembre:¿Por qué sigue cayendo?

El euríbor a 12 meses,utilizado mayoritariamente en el cálculo de las cuotas de las hipotecas variablesen España,marca otro mínimo histórico mensual negativo.Y la racha de pulverizar récords por debajo del umbral del 0% dura ya más de un año (a excepción de mayo y agosto de 2016,el índice no ha parado de caer mes a mes desde que en febrero de ese año entrara en tasas negativas).La media provisional de septiembre es del -0,168% frente al -0,156% de agosto y al 0,057% de un año antes.La diferencia con respecto a hace doce meses es de -0,111 puntos.

El índice hipotecario sigue inmerso en una tendencia bajista que se inició con el recorte de los tipos oficiales de interés y ,de momento, no parece encontrar suelo ,pese a que a comienzos de año los analistas auguraban que el euríbor tocaría fondo en 2017.Entonces las previsiones tenían en cuenta las expectativas de subidas de tipos en Europa replicando más pronto que tarde los movimientos de la Fed en Estados Unidos.Pero el panorama ha cambiado en los últimos meses y el cambio de rumbo del euríbor hacia niveles positivos no solo no llega sino que tardará en llegar,de acuerdo con las nuevas proyecciones que bajara el mercado.

"Cuando parecía que la situación podía empezar a normalizarse y que el índice podría repuntar,la reciente apreciación del euro ha hecho que el Banco Central Europeo se replantee de nuevo el tapering,que es el comienzo del retiro de las inyecciones de liquidez por parte del BCE",explica Gustavo Martínez,analista de XTB,que añade que en su última comparecencia Mario Draghi "ha dejado caer que continuaría con el programa de compra de deuda (QE) incluso en 2018".Según el experto, esto significa que "euríbor continuará cayendo por las mismas razones por las que venía cayendo:un exceso de oferta monetaria en el mercado por un lado y una facilidad de depósito marginal del -0,40% en el BCE por otro".

La pregunta del millón entonces es :¿cuándo dejará de caer? y la respuesta es simple:cuando el BCE inicie en plan de retirada de estímulos que provocará una reducción del a oferta monetaria y consecuentemente una alza en los tipos de interés.

Desde Fidelity apuntan que el BCE mantendrá su postura de poner fin a la expansión monetaria de forma muy gradual y que la reducción de los estímulos cuantitativos probablemente dure todo 2018.Con o sin  fortaleza del euro,otros factores de tipo más fundamental,como el pobre crecimiento impidan al BCE poner fin a sus medidas no convencionales de forma rápida y limpia.
"A pesar de reconocer que la recuperación económica es mayor de lo esperado y admitir que el riesgo de deflación ya está superado ,el BCE prefiere tener indicios más claros de la recuperación de la inflación antes de iniciar la normalización monetaria" , señala a Efe José Luis Martínez Campuzano,portavoz de la Asociación Española de Banca (AEB).Destaca además que el BCE parece estar seguro sobre los beneficios de las políticas ultraexpansivas a corto plazo."La autoridad monetaria defiende que ,hasta el momento, la aplicación de estas medidas extremas ha sido muy positiva,una condición suficiente para mantenerlas.La condición necesaria es precisamente la prolongación de un escenario de baja inflación".

En el último informe de estrategia de Bankinter correspondiente al cuarto trimestre del año,la firma recalca que " la inflación es la gran incógnita de este ciclo.A su juicio,en la zona euro se mantendrá en niveles bajos (actualmente se encuentra en el 1,5 % y en el 1,2% en términos subyacentes)."Sin tensiones inflacionistas los bancos centrales no tienen ninguna presión para aplicar sus estrategias de salida, para realizar una rápida retirada de estímulos.Y eso es justo lo que estamos viendo :una gran lentitud por su parte".Así ,la entidad estima que el euríbor a doce meses terminará 2017 en el entorno del -0,15% y finalizará 2018 en el -0,03%,según su escenario central,para volver a tasas positivas en 2019.

Abaratamiento de las hipotecas

Así,en el caso que el euríbor cierre septiembre en el valor medio actual de -0,168%,para una hipoteca media de 120.000 euros a 20 años que le toque revisión anual,la rebaja en la cuotamensual será de unos 5,71 euros ,lo que supone 68,5 euros al año.

Los grandes beneficiarios son los prestatarios o tomadores que se financian o refinancian cada vez más barato.En este sentido ,el analista de XTB asegura que los deudores hipotecarios pueden estar tranquilos,pues al menos durante los próximos seis meses van a continuar pagando cada vez menos.
Para determinar la evolución del euríbor en los próximos meses hay que tener en cuenta muchas variables,como el consumo y evolución de la inflación,estado de las bolsas,precio oficial del dinero,precio del petróleo."Los bancos tienen buenos profesionales para prever como va a evolucionar el euríbor y el precio del dinero,con una hipoteca a tipo de interés variable no arriesgar ya que aumentan o suben el tipo de interés según evolucione el mercado.Sin embargo,todo cambia en las hipotecas a interés fijo,ya que se arriesgan a que el euríbor suba por encima de ese interés fijo,por lo que perderían mucho dinero si estimarán mal como evolucionará el euríbor.Por eso cuentan con profesionales que hacen previsiones y ponen el interés fijo con un margen más alto de las previsiones que hagan para no arriesgar",explican agentes del mercado.








martes, 19 de septiembre de 2017

Mi alquiler termina y mi casero quiere subirme 200 euros al mes,¿Puede hacerlo?

Alquilé un piso en noviembre 2012 por 500 euros mensuales y me vence ahora el contrato.El arrendador quiere renovar por 3 años más con una subida de 200 euros.¿Puede obligarme a esta subida tan desproporcionada y abusiva o hay un límite?

De acuerdo al artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos(LAU),"la duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes".Por su parte,el artículo 10 del mismo cuerpo normativo establece:"Si llegada la fecha de vencimiento del contrato,o de cualquiera de sus prórrogas,una vez transcurrido como mínimo tres años de duración de aquel,ninguna de las partes hubiese notificada a la otra ,al menos con 30 dias de antelación a aquella fecha ,su voluntad de no renovarlo,el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más".

En el presente caso,se trata de un contrato con una duración de cinco años,por lo tanto ,si al momento del vencimiento del contrato el arrendador comunica con al menos 30 dias de antelación la voluntad de no renovarlo ,el mismo se da por terminado ,pudiendo suscribirse un nuevo contrato con condiciones distintas.

Las partes son libres de pactar la renta ,así lo establece el artículo 17 de la LAU,señalando que 2la renta será la que libremente estipulen las partes",por lo tanto ,las partes tienen libertad para pactar las condiciones económicas que están dispuestas a suscribir un nuevo contrato de arrendamiento sobre el inmueble.

Vivir en Barcelona y comprar casa en Galicia

Soy de Barcelona y voy a comprar un piso en Galicia de segundo mano.
¿Puedo hacer todos los trámites en Barcelona y escriturar aquí o tengo que ir a Galicia a firmar ante notario?Por otro lado ,no tiene certificado energético,¿debería tenerlo?

Puede realizar la compraventa ante notario en cualquier lugar,no siendo preciso que se traslade a Galicia para ello.Esto quiere decir que puede realizar al firma del contrato de compraventa ante un notario en su ciudad.

No obstante,la inscripción de la compraventa debe realizarse en la oficina registral  donde radique la finca ,en este caso sería Galicia.La presentación de los documentos se puede realizar directamente por el comprador o bien por una gestoría,o incluso por la notaría,si esta última presta servicios de gestión o bien de forma telemática.

Asimismo ,hay que tener en cuenta los impuestos que deben liquidarse al adquirir una vivienda de segunda mano ,en este el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados,que deberá abonarse en la comunidad donde radica el inmueble.

En los que recpecta al certifiado energético,en virtud del Real Decreto 235/2013 ,de 5 de abril,el promotor o vendedor de una vivienda debe disponer obligatoriamente del certificado de eficiencia para la venta o alquiler de la misma,debiendo entregar dicho documento al comprador o mostrarlo al nuevo inquilino.

El certificado de eficiencia energética permite conocer el consumo energético de un inmueble,ya se trate de un edificio,vivienda o local,y otorga una calificación en función del grado de eficiencia.Mediante el mismo,se persigue conseguir una mayor eficiencia energética de los inmuebles,si  bien es un documento informativo y no vinculante.

Sin embargo,sí que es obligatorio disponer del mismo ,y por ello el art.18 del real decreto dispone que no tenerlo "se considerará en todo caso como infracción en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios" y conlleva la imposición de una sanción.

viernes, 15 de septiembre de 2017

Los juzgados para cláusulas hipotecarias abusivas que reciben mas demandas de toda España

Los juzgados creados especializados en los litigios sobre cláusulas abusivas de las hipotecas ya han hecho balance de sus primeros 100 de actividad:de media,están recibiendo cada día más de medio millar de demandas.

Según los datos que maneja el Consejo General del Poder Judicial (CGPL) ,entre el 1 de junio y el pasado 8 de septiembre,los 54 Juzgados de Primera Instancia que se han creado para dar respuesta al aluvión de reclamaciones han recibido un total de 57.068 reclamaciones.Pero no todos están teniendo la misma carga de trabajo.

El juzgado de Madrid, por ejemplo,ha recibido el 23 % de todas las reclamaciones y se convierte en la única provincia donde el número de demandas supera las 10.000.En estos primeros 100 días de actividad de los juzgados,el madrileño ha recibido 13.064.Los siguientes más activos son los de Barcelona (4.644),Sevilla (2.946), Málaga (2.177) y Valencia (2.044).Ya por debajo de las 2.000 reclamaciones ,pero encima de 1.000 encontramos 18 provincias(Alicante,Murcia,Coruña,Badajoz, Toledo ,Baleares,Las Palmas...),mientras que por debajo de 1.000 demandas encontramos casi una treintena de ejemplos (Guadalajara, Salamanca,Navarra,Almeria,Tarragona,Cantabria...).

Los cuatro juzgados que cierran el ranking son los de las provincias de Huesca (82) y Lugo(81) , y los de las ciudades autónomas de Ceuta (50) y Melilla (13),cuyos juzgados especializados son los únicos que han registrado menos de 100 demandas derivadas de cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios.

Los primeros fallos,a favor de los hipotecados

Estos juzgados especializados fueron impulsados por el CGPL,apoyado por el Ministerio de Justicia y las administraciones autonómicas,con el objetivo de evitar el colapso de la justicia ordinaria ante la avalancha de reclamaciones por las cláusulas abusivas de las hipotecas,tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)del pasado diciembre que las declaraba abusivas.Así pues,se trata de litigios relacionados clausulas suelo,cláusulas de vencimiento anticipado,pago de intereses de demora,hipotecas multidivisa o gastos de formalización de las hipotecas.

Hasta la fecha,muchos juzgados han dictado sentencias y todas ellas han dado la razón a los afectados.Por ejemplo, se conocen los fallos de Madrid,Barcelona ,Oviedo,Zaragoza,Valencia,Santander o Lugo.

Además,y según explica el CGPL," muchos de los Juzgados especializados comenzaron en julio a celebrar vistas previas,en las que se fija el objeto del litigio,las partes proponen prueba y el juez admite las que considera procedentes para resolver el pleito planteado.Si las partes proponen únicamente prueba documental,el asunto queda visto para sentencia en ese momento,y solo en caso contrario es necesaria la celebración de juicio".

En el caso de Madrid,que es el juzgado de España en el que han entrado más demandas, la primera audiencia previa se celebró el pasado 27 de julio,y tiene previstas otras 159 para septiembre,otras 512 parq octubre y otras 1.108 a lo largo de noviembre.
Fuente:www.idealista.com

domingo, 10 de septiembre de 2017

¿Por que alquilar tu vivienda vacía?

Esta semana comenzamos la publicación de varias guías sobre el alquiler, en las que daremos respuesta a las numerosas preguntas que se plantean caseros e inquilinos a la hora de arrendar una casa. En este primer capitulo, dedicado a propietarios, repasamos por qué es una buena idea alquilar tu vivienda vacía. Rentabilizar la inversión que supone la compra de un inmueble o ayudar al pago de la hipoteca son algunas de las principales razones.

Tener una casa vacía es caro, especialmente si esta cuenta con hipoteca. Sólo los gastos fijos, como el ibi, la comunidad, el seguro de hogar o os mínimos de luz y el agua pueden suponer el desembolso de mas de 2.000 euros anuales por vivienda, al que habría que sumar el coste del préstamo hipotecario si es que la casa aun no esta completamente pagada.

Por eso, y porque vender una vivienda es hoy en día complicado, una buena opción para los propietarios de vivienda vacías puede ser sacarlas al mercado del alquiler. Y es que la rentabilidad del alquiler de vivienda en ciudades como Madrid o Barcelona ronda en el actualidad en el 4%.

En resumen, las ventajas de alquilar tu vivienda vacía son:
- Rentabilizar la inversión que supone la compra de la casa
- Amortizar  los costes que supone ser propietario
- Ayudar al pago que supone la hipoteca de la vivienda, si la hay
- Una casa habitada se mantiene en mejores condiciones que una vacía
- El alquiler permite obtener un beneficio a la vez que se mantiene la propiedad del piso

Algunas desventajas de poner tu piso en el mercado del alquiler pueden ser:

-El propietario deja de tener el piso disponible durante varios años
- Se asumen una serie de responsabilidades de cara a mantener la vivienda en buenas condiciones y para gestionar la relación de los inquilinos con el resto de vecinos
- Posiblemente haya que hacer alguna obra para poner la casa a punto
- El riesgo que supone un impago o el temor a que la casa sufra desperfectos , si bien este punto puede minimizarse con una cuidada selección del inquilino o la disponibilidad de seguros para estas situaciones, e incluso la exigencia de un aval al inquilino

Fuente: alquila vivienda